El Tribunal Constitucional inadmite recurso de amparo presentado por el exjugador del Arandina Víctor Rodríguez
El Tribunal Constitucional ha decidido inadmitir a trámite el recurso de amparo presentado por Víctor Rodríguez, exjugador del club de fútbol Arandina, contra la sentencia del Tribunal Supremo que lo condenó a nueve años de cárcel por agresión sexual a una menor de 15 años. Esta sentencia se enmarca dentro del conocido caso Arandina, en el cual inicialmente fueron condenados tres jóvenes jugadores del equipo.
La Audiencia Provincial de Burgos fue la encargada de dictar la sentencia en 2019, condenando a los tres futbolistas a 38 años de cárcel cada uno como autores y cooperadores necesarios de un delito de agresión sexual contra la menor. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCL) modificó posteriormente el fallo, reduciendo la pena de Víctor Rodríguez a tres años, mientras que un tercer acusado resultaba absuelto.
La reducción de la pena se debió a la consideración de una atenuante que fue descartada por el Tribunal Supremo. A pesar de incrementar la pena, el Supremo dejó la condena en nueve años, aplicando la Ley de Libertad Sexual, conocida como la ley del solo sí es sí, en beneficio del acusado.
La atenuante que fue descartada por el Supremo era la cercanía de edad y madurez entre los condenados y la víctima. La Sala Penal consideró que esta circunstancia no era aplicable en un escenario como el descrito en los hechos probados, que involucraban un acto sexual en el marco de una orgía.
La defensa de Víctor Rodríguez recurrió la última condena alegando una supuesta lesión de derechos fundamentales. Sin embargo, la Sección Cuarta del Tribunal Constitucional ha decidido inadmitir el recurso de amparo, argumentando que las objeciones presentadas sobre la interpretación de la ley carecen de especial relevancia constitucional. Esta Sección no entró a valorar si el Supremo realizó una interpretación correcta de los nuevos preceptos penales, limitándose a considerar que el recurso no planteaba una vulneración de derechos fundamentales.
Es importante destacar que esta decisión del Tribunal Constitucional pone fin a la vía judicial en este caso, y Víctor Rodríguez deberá cumplir la condena de nueve años de cárcel impuesta por el Tribunal Supremo.
Resumen de la noticia
– El Tribunal Constitucional ha inadmitido a trámite el recurso de amparo presentado por Víctor Rodríguez, exjugador del club de fútbol Arandina, contra la sentencia del Supremo que lo condenó a nueve años de cárcel por agresión sexual a una menor.
– En el caso Arandina, inicialmente fueron condenados tres jugadores del equipo de fútbol por agresión sexual, pero posteriormente se les aplicó la reforma penal de la Ley de Libertad Sexual.
– La Audiencia Provincial de Burgos condenó a los tres futbolistas a 38 años de cárcel cada uno, pero el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León redujo la pena a tres años para Víctor Rodríguez y absolvió a un tercer acusado.
– El Supremo, en su sentencia sobre el caso Arandina, aumentó la pena a nueve años, aplicando la Ley de Libertad Sexual en beneficio del acusado y descartando una atenuante por la cercanía de edad y madurez entre los condenados y la víctima.
– La defensa de Víctor Rodríguez interpuso un recurso de amparo, pero el Tribunal Constitucional lo ha inadmitido por considerar que no se vulneraron derechos fundamentales.